Les informamos que el 8 de junio de 2023 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023 en materia de condiciones de seguridad y salud aplicables en el teletrabajo (la “NOM”). El objetivo de la NOM es establecer las condiciones de seguridad y […]
Les informamos que el 8 de junio de 2023 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023 en materia de condiciones de seguridad y salud aplicables en el teletrabajo (la “NOM”).
El objetivo de la NOM es establecer las condiciones de seguridad y salud que deberán aplicarse en los lugares en donde presten sus servicios los empleados que laboren bajo la modalidad de teletrabajo.
La NOM les aplica a todas las empresas que cuenten con empleados laborando bajo la modalidad de teletrabajo. Es decir, aquellos que presten sus servicios en lugares distintos al centro de trabajo de la empresa, por más del 40% de su tiempo.
En adición a los requerimientos establecidos por la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo, algunas de las obligaciones más relevantes impuestas a los patrones por la NOM, son:
1. Establecer una política de teletrabajo.
2. Contar con un listado actualizado de teletrabajadores.
3. Aplicar una lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud, respecto a los lugares desde los cuales presten sus servicios los teletrabajadores.
4. Proporcionar las herramientas necesarias a los teletrabajadores para la prestación de sus servicios, incluyendo una silla ergonómica.
5. Proporcionar capacitación respecto a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, al menos una vez al año.
La NOM entrará en vigor 180 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, en Diciembre de 2023.
Para más información, favor de contactar a Francisco Peniche Beguerisse o a Julio Alvarez:
Tel: (52-55) 4748-0600