Les informamos que el 3 de febrero de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo que modifica las Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas de conformidad con la Ley Federal del Trabajo (el “Acuerdo”).
A continuación incluimos algunos de los puntos más relevantes del Acuerdo:
– Se adicionan nuevos requisitos para la obtención del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (“REPSE”), los cuales pueden incrementar el tiempo de obtención de dicho registro.
– La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (“STPS”) podrá solicitar información o documentación del solicitante del REPSE, a las empresas beneficiarias de los servicios prestados u obras realizadas por dicho solicitante.
– Los Inspectores del Trabajo podrán verificar el cumplimiento de las obligaciones en materia de subcontratación, tanto de los prestadores de servicios como de los beneficiarios de aquéllos.
– El REPSE podrá ser negado en caso de incumplimiento de las disposiciones en materia de subcontratación o por irregularidades con relación a los trabajadores o el contrato de prestación de servicios especializados.
– El REPSE podrá ser cancelado en caso que: (i) los documentos presentados a través de la plataforma resulten diferentes o imprecisos; (ii) se presente información falsa o documentos apócrifos; (iii) por incumplimiento de las disposiciones en materia de subcontratación; y (iv) por irregularidades identificadas con relación a los trabajadores o el contrato de prestación de servicios especializados.
– Los prestadores de servicios podrán cancelar el REPSE en cualquier momento, justificando la razón correspondiente a la STPS.
– Los prestadores de servicios especializados podrán modificar o actualizar sus actividades en el REPSE, sujeto a ciertos requisitos.
Para más información, favor de contactar a Francisco Peniche Beguerisse o Julio Álvarez:
Tel: (52-55) 4748-0600